Rentar en CDMX: requisitos, depósitos y qué revisar en el contrato
Aval, póliza jurídica, depósito e inventario. Lo que conviene tener listo antes de empezar a buscar.
Aval o póliza jurídica
En la Ciudad de México, casi todos los arrendadores piden una de dos garantías: un aval con propiedad en la ciudad libre de gravamen, o una póliza jurídica contratada con una empresa especializada.
La póliza cuesta típicamente entre el 30 y el 50 por ciento de un mes de renta y la paga el inquilino. Es la opción más práctica si no tienes un aval disponible, y muchos arrendadores hoy la prefieren.
Documentos que te van a pedir
Identificación oficial vigente, comprobante de domicilio actual, y comprobación de ingresos por al menos tres meses. Los arrendadores suelen requerir que el ingreso mensual comprobable sea de tres veces el monto de la renta.
Si eres independiente, prepara estados de cuenta bancarios de seis a doce meses y, si facturas, tu constancia de situación fiscal. Tener el expediente completo antes de buscar puede ser la diferencia entre quedarte con la propiedad o perderla.
Depósito y pagos iniciales
Lo habitual es un mes de depósito en garantía más el primer mes de renta por adelantado. Algunos arrendadores piden dos meses de depósito, sobre todo si hay mascotas o si el inmueble se entrega amueblado.
El depósito se devuelve al término del contrato, descontando daños que excedan el desgaste normal. Por eso el inventario inicial es tan importante.
El inventario, tu mejor protección
Antes de firmar, documenta con fotografías y video el estado de cada espacio: pisos, muros, cocina, baños, ventanas, línea blanca y cualquier detalle preexistente. Anexa ese material al contrato firmado por ambas partes.
Es el mecanismo más eficaz para evitar discusiones sobre el depósito al momento de la salida.
Cláusulas que conviene revisar
Cuatro puntos concretos: el porcentaje de incremento anual y su referencia, quién cubre el mantenimiento ordinario y quién las reparaciones mayores, las condiciones para terminación anticipada y sus penalizaciones, y si se permiten mascotas por escrito.
Un acuerdo verbal sobre mascotas no sirve de nada si el contrato dice lo contrario. Todo lo importante tiene que estar en el documento.

